MIRECLAMACIÓN Comprobación de Valores.
Nuestros abogados especialista en el Derecho Administrativo, mantienen una continua disputa legal, con la Administraciones Tributarias Regionales, por las graves irregularidades procedimentales que cometen frente al contribuyente, por actos administrativos en comprobación de valores.
Si recibe cualquier notificación por parte de la Administración Tributaria, donde le pretenden hacer una liquidación complementaria o paralela, antes de pagar cualquier cantidad, contacte urgentemente con nosotros.
Debe ser conocedor que la Agencia Tributaria utiliza en la comprobación de valores, un método que es considerado jurisprudencialmente como nulo de pleno derecho, por vulnerar sistemáticamente preceptos protegidos por nuestra vigente Constitución Española.
Nuestro equipo jurídico tiene en la práctica un porcentaje muy elevado de reclamaciones ganadas a la Administración.
¿ Como debo actuar ante la primera notificación de comprobación de valores ?
¿ Si finalmente nos encarga el trabajo, que recursos presentaremos ?
¿ Cuanto cobramos por el encargo ?
Ante la primera notificación o constancia que se intenta practicar la misma por parte de la Administración Tributaria Regional, usted debe hacer:
1.- No rechace nunca la notificación. Si lo hace, perderá automáticamente cualquier opción de defensa y ganar a la Administración. Por tanto recoja la misma y anote en la parte superior la fecha completa de su recepción.
2.- Contacte urgentemente con nosotros y remítanos vía email o por correo postal, copia de la documentación completa que le remite la Administración, junto con sus datos completos donde podamos contactar con usted. Imprescindible cuenta de correo electrónico y teléfono de contacto.
3.- Una vez analizado y estudiado de manera urgente su problema, nos pondremos de inmediato en contacto con usted, indicándole la viabilidad del asunto, para que usted decida si nos encargamos del mismo.
4.- Por último una vez encargado y aceptado el encargo, nos pondremos a trabajar manteniendo siempre comunicación continua y directa con usted.
Analizaremos, estudiaremos, elaboraremos y presentaremos en su nombre y representación, una vez aceptado el encargo, todos los posibles recursos Administrativos que se puedan presentar a los efectos de impugnar el acto Administrativo recibido por su parte.
Recibiremos en su nombre las notificaciones pertinentes y presentaremos las alegaciones correspondientes.
Le asesoraremos de los trámites que seguirá la Administración para el cobro de la "posible liquidación".
Por último, en caso de que la Administración no nos de la razón, acudiremos ante el Tribunal Económico Administrativo Regional correspondiente, último órgano encargado de resolver asuntos Administrativos antes de acudir a la jurisdicción ordinaria.
La política de nuestro gabinete Jurídico es la honestidad, profesionalidad y transparencia, por lo que nuestros clientes conocen de manera pormenorizada y anticipada el coste total por nuestros servicios.
El importe total será de un porcentaje del 20% sobre la cantidad reclamada por la Administración, con un mínimo de 200 €. A la hora de aceptar el encargo, el cliente abonará el importe mínimo establecido de 200 €, abonando el resto hasta completar el 20% total indicado una vez anulado el acto Administrativo.
En caso que el acto sea modificado o anulado en parte, percibiremos el total del 20%, con el mínimo de los 200 €, aplicado sobre la cantidad "rescatada" a favor del cliente. Si finalmente no se anulara ni total ni parcialmente el acto Administrativo, éste Gabinete solo percibirá el mínimo establecido por todo el conjunto de actuaciones efectuadas a favor del cliente.
Los gastos propios del encargo realizado, serán por cuenta del cliente ( poderes notariales, correos, mensajeros, etc... otros profesionales que deban intervenir como por ejemplo, Procuradores, Registros Oficiales, Notarios).
Si finalmente debemos acudir a la vía judicial en defensa de sus derechos, la minuta de nuestros abogados será suficientemente comunicado al cliente para su constancia y aceptación.